615 White Ave Unidad 2nd floor
Grand Junction, CO 81501
-
Habitaciones
1
-
Baños
1
-
Pies cuadrados
650 pies²
-
Disponible
Disp. ahora
Punto destacado
- Libre de humo
Acerca de esta casa
Encantador apartamento en el segundo piso con estacionamiento en la calle y fácil acceso a tiendas, restaurantes y servicios cercanos. Incluye agua, recolección de basura y alcantarillado. $980 mensuales - $1280 de depósito. 1 plaza de estacionamiento asignada (n.° 9). Contrato de arrendamiento de 11 meses. No se admiten mascotas.
Encantador apartamento en el segundo piso con estacionamiento en la calle y fácil acceso a tiendas, restaurantes y servicios cercanos. Incluye agua, recolección de basura y alcantarillado. $980 mensuales - $1280 de depósito.
615 White Ave se encuentra en Mesa County en el código postal 81501.
Características del apartamento
- Libre de humo
Tarifas y políticas
Las tarifas que se indican a continuación son proporcionadas por la comunidad y pueden excluir los servicios públicos o complementos. Todos los pagos se realizan directamente a la propiedad y no son reembolsables a menos que se especifique lo contrario.
- Aparcamiento
-
Parcela de superficie--
Detalles
Utilidades incluidas
-
Agua
-
Eliminación de basura
-
Alcantarilla
Contactar
- Número de Teléfono
- Contactar
| Institutos y Universidades | Distancia de | ||
|---|---|---|---|
| Institutos y Universidades | Dist. | ||
| En coche: | 3 minutos | 1.4 mi | |
| En coche: | 7 minutos | 3.0 mi |
- Libre de humo
615 White Ave Unidad 2nd floor Fotos
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.