5415 Cindy River Dr
Colorado Springs, CO 80917
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Habitaciones
5
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Baños
3.5
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Pies cuadrados
2,800 pies²
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Disponible
Disponible 3-sept
Puntos destacados
- Sótano
- Libre de humo
Acerca de esta casa
Magnífica casa en una gran esquina. Sótano completamente terminado con sala de recreo y ventanas que permiten la entrada de luz natural. Aire acondicionado central y mucho más. Lavadero independiente en la planta principal.
5415 Cindy River Dr se encuentra en El Paso County en el código postal 80917.
Características de la casa
Aire acondicionado
Conexiones para lavadora/secadora
Wifi
Ventiladores de techo
- Wifi
- Conexiones para lavadora/secadora
- Aire acondicionado
- Calefacción
- Ventiladores de techo
- Libre de humo
- Sistema de rociadores
- Sótano
- Instalaciones de lavandería
Tarifas y políticas
Las tarifas que se indican a continuación son proporcionadas por la comunidad y pueden excluir los servicios públicos o complementos. Todos los pagos se realizan directamente a la propiedad y no son reembolsables a menos que se especifique lo contrario.
- Aparcamiento
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Garaje--
Detalles
Opciones del contrato
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12
Contactar
- Número de Teléfono
| Institutos y Universidades | Distancia de | ||
|---|---|---|---|
| Institutos y Universidades | Dist. | ||
| En coche: | 12 minutos | 5.8 mi | |
| En coche: | 16 minutos | 7.6 mi | |
| En coche: | 14 minutos | 9.1 mi | |
| En coche: | 17 minutos | 9.9 mi |
- Wifi
- Conexiones para lavadora/secadora
- Aire acondicionado
- Calefacción
- Ventiladores de techo
- Libre de humo
- Sistema de rociadores
- Sótano
- Instalaciones de lavandería
5415 Cindy River Dr Fotos
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.