538 California St
Sterling, CO 80751
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Habitaciones
3
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Baños
2
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Pies cuadrados
1,750 pies²
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Disponible
Disponible 30-sept
Puntos destacados
- Se permiten mascotas
- Recinto cerrado
Acerca de esta casa
ID de propiedad: 2433400 Bienvenido a casa a esta espaciosa vivienda renovada con 3 dormitorios, 2 baños completos remodelados y una amplia sala de estar/sala multiusos adicional en la planta baja. Amplio patio cercado, garaje y estacionamiento extendido para vehículos recreativos. Colinda con un espacio abierto en una calle tranquila con un gran patio trasero cercado.
538 California St se encuentra en Logan County en el código postal 80751.
Tarifas y políticas
Las tarifas que se indican a continuación son proporcionadas por la comunidad y pueden excluir los servicios públicos o complementos. Todos los pagos se realizan directamente a la propiedad y no son reembolsables a menos que se especifique lo contrario. Utiliza la Calculadora de Costos para determinar los costos según tus necesidades.
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Elementos básicos por única vez
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Security Deposit - Refundable$2,350
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Perros
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Se admiten
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Gatos
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Se admiten
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Garaje
Renuncia de responsabilidad de los cargos de la propiedad: Basado en datos proporcionados por la comunidad y estudios de mercado independientes. Sujeto a cambios sin previo aviso. Puede excluir tarifas por servicios obligatorios u opcionales y servicios públicos basados en el consumo.
Características de la casa
Lavadora/Secadora
Lavavajillas
Microondas
Nevera
- Lavadora/Secadora
- Preinstalación de cables
- Lavavajillas
- Zona de eliminación de desechos
- Microondas
- Horno
- Nevera
- Congelador
- Recinto cerrado
- Césped
Contactar
- Número de Teléfono
- Contactar
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Fuente
- Lavadora/Secadora
- Preinstalación de cables
- Lavavajillas
- Zona de eliminación de desechos
- Microondas
- Horno
- Nevera
- Congelador
- Recinto cerrado
- Césped
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.