333 Elm Ave
Akron, CO 80720
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Habitaciones
2
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Baños
2
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Pies cuadrados
1,220 pies²
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Disponible
Disp. ahora
Puntos destacados
- Recinto cerrado
- Sistema de seguridad
Acerca de esta casa
ID de propiedad: 2776313 ¡Bienvenido a la casa de tus sueños en 333 Cedar Ave en Akron, CO! Esta encantadora casa unifamiliar cuenta con 2 recámaras, 2 baños y comodidades de primera clase, incluyendo lavavajillas, lavadora/secadora y cámaras de seguridad. Disfruta de la amplia terraza, el patio cercado y el práctico garaje. ¡No te pierdas esta joya! Alquiler por $1650 al mes a partir del 1 de agosto. No se permite fumar ni mascotas. ¡Contáctanos ahora para programar una visita!
333 Elm Ave se encuentra en Washington County en el código postal 80720.
Tarifas y políticas
Las tarifas que se indican a continuación son proporcionadas por la comunidad y pueden excluir los servicios públicos o complementos. Todos los pagos se realizan directamente a la propiedad y no son reembolsables a menos que se especifique lo contrario. Utiliza la Calculadora de Costos para determinar los costos según tus necesidades.
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Elementos básicos por única vez
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Pagadero al momento de la mudanza
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Security Deposit - RefundableCobrado por unidad.$1,650
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Pagadero al momento de la mudanza
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Garaje
Renuncia de responsabilidad de los cargos de la propiedad: Basado en datos proporcionados por la comunidad y estudios de mercado independientes. Sujeto a cambios sin previo aviso. Puede excluir tarifas por servicios obligatorios u opcionales y servicios públicos basados en el consumo.
Características de la casa
Lavadora/Secadora
Lavavajillas
Microondas
Nevera
- Lavadora/Secadora
- Sistema de seguridad
- Lavavajillas
- Microondas
- Horno
- Nevera
- Recinto cerrado
- Césped
Contactar
- Número de Teléfono
- Contactar
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Fuente
- Lavadora/Secadora
- Sistema de seguridad
- Lavavajillas
- Microondas
- Horno
- Nevera
- Recinto cerrado
- Césped
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.