230 Indian Hills Rd Unidad Apartment
Florence, CO 81226
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Habitaciones
Estudio
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Baños
1
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Pies cuadrados
500 pies²
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Disponible
Disp. ahora
Puntos destacados
- Vestidores
- Libre de humo
Acerca de esta casa
Escápese a un remanso de paz en este estudio individual, ubicado en una tranquila calle residencial a solo una milla al sur del centro de Florence. Su entrada privada le garantiza total independencia, para que pueda entrar y salir sin compartir pasillo ni vestíbulo. Este estudio cuenta con su propia unidad de aire acondicionado, para que usted controle la temperatura a su gusto. La lavadora/secadora de tamaño estándar, el lavavajillas y el espacioso vestidor le facilitan las tareas diarias, mientras que el cómodo estacionamiento en la calle significa que nunca tendrá que dar vueltas buscando un lugar. Lo mejor de todo es que su alquiler es de **$1,000 al mes con todos los servicios incluidos** (electricidad, calefacción, agua y recolección de basura), para que su presupuesto sea predecible. Mantenemos un ambiente limpio y fresco con una estricta política de no mascotas y no fumar. Con un depósito de seguridad reembolsable de $1,000, esta es una oportunidad única para disfrutar de privacidad, comodidad y tranquilidad en una ubicación privilegiada.
230 Indian Hills Rd se encuentra en Fremont County en el código postal 81226.
Características del apartamento
Aire acondicionado
Lavavajillas
Vestidores
Libre de humo
- Aire acondicionado
- Libre de humo
- Lavavajillas
- Vestidores
Contactar
- Contactar
| Institutos y Universidades | Distancia de | ||
|---|---|---|---|
| Institutos y Universidades | Dist. | ||
| En coche: | 58 minutos | 33.7 mi | |
| En coche: | 54 minutos | 37.5 mi | |
| En coche: | 55 minutos | 38.3 mi |
- Aire acondicionado
- Libre de humo
- Lavavajillas
- Vestidores
230 Indian Hills Rd Unidad Apartment Fotos
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.