1209 W Plum St Unidad Campus West
Fort Collins, CO 80521
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Habitaciones
2
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Baños
1
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Pies cuadrados
750 pies²
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Disponible
Disponible 1-ago
Acerca de esta casa
Este es un condominio en excelentes condiciones, a 10 minutos a pie de CSU, con todas las comodidades modernas, perfecto para un estudiante.
1209 W Plum St se encuentra en Larimer County en el código postal 80521.
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- Número de Teléfono
Fort Collins es una maravillosa combinación de ambas la vida urbana y el vivir al aire libre. Viaje aproximadamente 65 millas al norte de Denver a te encuentras en el centro de la ciudad de Fort Collins. Conocido como la Choice City, Fort Collins ofrece practicar rafting, golf durante todo el año, caminatas, cabalgatas, excursiones a cervecerías locales, muchos museos y festivales. Esto ofrece opciones para todos, ya sea que estén interesados en actividades al aire libre, aprender sobre la historia, o simplemente desea un cómodo para vivir en la ciudad. Calificado por la revista Money como el mejor lugar para vivir en Estados Unidos en 2006, Fort Collins ha atraído a muchos nuevas empresas, restaurantes, y a los residentes la combinación de la universidad area.This niños, las familias, los profesionales de negocios y pequeña ciudad los occidentales Fort Collins le ofrece una personalidad difícil de encontrar en ningún otro lugar.
Obtén más información sobre la vida en Fort Collins| Institutos y Universidades | Distancia de | ||
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| Institutos y Universidades | Dist. | ||
| En coche: | 6 minutos | 1.3 mi | |
| En coche: | 5 minutos | 1.4 mi | |
| En coche: | 8 minutos | 2.7 mi | |
| En coche: | 10 minutos | 4.3 mi |
1209 W Plum St Unidad Campus West Fotos
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.