1140 Walnut Ave Unidad #11
Grand Junction, CO 81501
-
Habitaciones
2
-
Baños
1
-
Pies cuadrados
779 pies²
-
Disponible
Disp. ahora
Punto destacado
- Piscina exterior
Acerca de esta casa
¡Vistas de ático con piscina! Es cierto... ¡el afortunado #11 está ubicado en el tercer piso y listo para mudarse! Este condominio tranquilo, súper lindo y limpio ha sido completamente renovado con alfombra, pintura, techos texturizados, calentador de agua, accesorios y encimeras COMPLETAMENTE NUEVOS. Una unidad sólida, bien mantenida y bien actualizada. Gran luminosidad en todo el lugar con ventanas orientadas al sur para aprovechar la energía solar pasiva en la espaciosa sala de estar. Un pasaplatos con molduras de madera hechas a medida conecta la cocina con la sala de estar con un flujo natural y agrega espacio de encimera. Gran espacio de almacenamiento en todo el lugar. Área de piscina/sala de estar renovada con parrillas y cenadores, perfecta para el verano. Entrada segura, estacionamiento en la calle abundante con estacionamiento asignado en la parte trasera. Literalmente al otro lado de la calle del campus de CMU (pista: ¡no se necesita pase de estacionamiento!) en una calle tranquila con árboles frondosos y jardines, muy cerca de restaurantes, supermercados y otros servicios... este es el alquiler perfecto para tu estudiante de CMU.
1140 Walnut Ave se encuentra en Mesa County en el código postal 81501.
Características del condominio
- Cocina
- Agua caliente instantánea
- Alfombra
- Salón
- Piscina exterior
- Parrilla
Contactar
- Contactar
| Institutos y Universidades | Distancia de | ||
|---|---|---|---|
| Institutos y Universidades | Dist. | ||
| A pie: | 10 minutos | 0.6 mi | |
| En coche: | 6 minutos | 2.5 mi |
- Cocina
- Agua caliente instantánea
- Alfombra
- Salón
- Parrilla
- Piscina exterior
1140 Walnut Ave Unidad #11 Fotos
El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.