1534 E River St
Pueblo, CO 81001

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Habitaciones | Baños | pies² promedio |
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1 habitación 1 habitación 1 Hab | 1 baño 1 baño 1 Baño | 500 Pies² |
Acerca de esta propiedad
Pequeño en tu propia casa de propiedad privada, 1hab 1bath. 420 cordial. Un solo huésped. Entrada para auto de gran tamaño y un amplio patio de grava con cobertizo de almacenaje. El propietario paga por la recolección de residuos. El inquilino paga el servicio de agua eléctricos y a gas. El propietario ofrece servicio de lavandería, paisajes, y al aire libre, cámaras de seguridad. Tener dijo que es un vecindario tranquilo a solo en el interior de Pueblo cerca de Blende. Calefacción a gas. Electric ventana de aire a solicitud y según la temporada. Listo para televisión por cable y televisión satelital. El propietario está disponible casi 24/7. $775/mes. First-month $775 mes pasado y depósito de seguridad al firmar el contrato de arrendamiento. No se admiten mascotas. Un solo huésped. Revisión de 45$ si es una buena en forma. I no pedir un cheque si no tengo planea alquilar para ti. Responder a programar tu visita. Asegúrate de incluir tu nombre y muchas más información sobre tú y tu situación actual ya que son cómodos, lo que proporciona. Hora de caza de alquiler y tener un buen día: )
1534 E River St se encuentra en Pueblo County en el código postal 81001. Esta área está atendida por la zona de asistencia del Pueblo City 60.
Institutos y Universidades | Distancia de | ||
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En coche: | 8 minutos | 3.5 mi | |
En coche: | 9 minutos | 3.8 mi |

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El postulante tiene derecho a proporcionar al administrador o dueño de la propiedad un "Informe portátil de verificación de antecedentes del inquilino (PTSR, por su sigla en inglés) de no más de 30 días de antigüedad, como se establece en el párrafo § 38-12-902(2.5) de los Estatutos Revisados de Colorado; y 2) si el Postulante proporciona al administrador o dueño de la propiedad un PTSR, el administrador o dueño de la propiedad tiene prohibido: a) cobrar al Postulante un honorario por postulación de alquiler; o b) cobrar al Postulante un honorario para que el administrador o dueño de la propiedad acceda o use el PTSR.
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